Encuentro con ANTONIO GARCÍA PADILLA Presidente Academia Puertorriqueña de Jurisprudencia y Legislación



Antonio García Padilla

ajpr@academiajurisprudenciapr.org


Entrevistado por: 

Daniel A. Suárez Adames 
dsuarez@enj.org 
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Creative Commons
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Vol. 2, núm. 22, diciembre 2022 ISSN (impreso): 2305-2589 ISSN (en línea): 2676-0827

Sitio web: https://saberyjusticia@enj.org


"Las revistas jurídicas, académicas y profesionales no pueden eludir su responsabilidad de comentar y hacer los señalamientos que correspondan sobre las decisiones de las cortes."

Antonio García Padilla

Catedrático y decano emérito de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico (UPR). Miembro de la Junta Editorial de la Revista Jurídica de Catalunya y académico correspondiente de la Academia Iberoamericana de Jurisprudencia y de la Academia Paraguaya de Ciencias Sociales y Jurisprudencia. Secretario del Council de la American Bar Association.

De 1986 a 2001 fue decano de Derecho de la UPR y, posteriormente, fungió como presidente de dicha Universidad. Obtuvo su grado de licenciatura y su Juris Doctor de la UPR y una maestría en derecho en la Universidad de Yale, Estados Unidos. Antes de su ingreso como docente, fue oficial jurídico del juez Stephen G. Breyer en la Corte Federal de Apelaciones para el Primer Circuito y en el Tribunal Supremo de Puerto Rico con el juez asociado Ángel M. Martín. Fue miembro del Council del American Law Institute. Actualmente es director internacional de la Cátedra de Jurisprudencia dedicada al Dr. Almanzor González Canahuate que organiza la Escuela Nacional de la Judicatura de la República Dominicana.

En esta entrevista conversamos sobre sus experiencias como académico y sus reflexiones en temas jurídicos y educativos. Está convencido de que “El debate acucioso, la discusión sobre la rectitud de las resoluciones judiciales, es lo que ha de asegurar la calidad de la jurisprudencia nacional”.



HÁBLENOS, POR FAVOR, DE SU EXPERIENCIA AL FRENTE DE LA ACADEMIA PUERTORRIQUEÑA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN.

Pues, ¿qué le puedo decir, doctor?

A través de mi vida he tenido el privilegio de dirigir instituciones de mucho relieve en mi país: la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, la misma Universidad de Puerto Rico, la Fundación Luis Muñoz Marín, la Academia Puertorriqueña de Jurisprudencia y Legislación, entre otras. Son instituciones diversas; cada una tiene su personalidad, su idiosincrasia y están llamadas a hacer aportaciones distintas a Puerto Rico y al mundo.  La Academia es la más joven de las instituciones que te he mencionado.  Se fundó en 1985. Ha servido de vínculo institucional de Puerto Rico con juristas de la diáspora puertorriqueña. Su dirección carga consigo varios desafíos, cuya atención produce muchas satisfacciones. Sobre la dirección de la Academia, doctor, le quiero resaltar tres puntos entre algunos que podría traer a colación:

Primero, me ha correspondido continuar, como segundo presidente de la Academia, el trabajo de José Trías Monge, su presidente fundador, el jurista más destacado de nuestra historia.  Mantener los estándares de excelencia que el juez Trías Monge le imprimió a las gestiones académicas es un gran reto.

Segundo, la Academia ha mantenido su convocatoria a un sector significativo del liderato jurídico del país –abogados, jueces, profesores de primer orden– interesados en aportar sin recibir nada a cambio al desarrollo del derecho puertorriqueño. Ese junte de talentos y propósitos es central para la salud de nuestro derecho.

Tercero, afortunadamente, en estos años la agenda académica ha podido traducir el talento y las experiencias de los académicos en proyectos de importante significación para Puerto Rico. 

La recuperación de los fallos, autos acordados y discursos presidenciales de la Real Audiencia de Puerto Rico; la recuperación y puesta a disposición de la comunidad de las obras primeras de la literatura jurídica puertorriqueña; propuestas de legislación, una nueva ley de arbitraje para Puerto Rico, entre ellas; una revista jurídica, de edición digital, debidamente indizada, que se distribuye ampliamente, entre muchos otros proyectos.

Doctor Suárez, debo concluir diciéndole que tal como me ocurrió antes en las tres instituciones que le mencioné, a la Academia le ha tocado adelantar en los años de mi dirección un proyecto de construcción importante, la sede académica permanente, un estupendo edificio histórico, aunque pequeño, ubicado en la avenida principal de acceso al Viejo San Juan que renovamos con mucho esfuerzo y, hasta ahora, con mucha suerte.  

 

PROFESOR, USTED HA REFLEXIONADO A PROFUNDIDAD A CERCA DE TEMAS JURÍDICOS Y EDUCATIVOS. ¿QUÉ IMPORTANCIA CREE QUE TIENE LA JURISPRUDENCIA PARA EL ESTADO DE DERECHO?

Muy importante, doctor Suárez, para el estado de Derecho y el imperio de la ley.

De una parte, es la respuesta a la aspiración universal de tratar por igual a aquellos que se encuentren en iguales circunstancias. La certeza jurídica y la igualdad ante la ley imponen conceder carácter vinculante a la jurisprudencia siempre que no puedan justificarse, por las circunstancias del caso, adaptaciones que aseguren el resultado más justo. 

De otra parte, están las eficiencias básicas del sistema de justicia. Si los tribunales de más alta jerarquía han asumido posición sobre determinado caso, ¿por qué requerir de los litigantes y la sociedad el esfuerzo de tiempo y recursos que supone la apelación permitiéndole a los jueces inferiores desatender lo que ya se ha resuelto y volverá anticipadamente a resolverse.


EN LA EDUCACIÓN FORMAL DEL DERECHO SE SIGUEN ENFATIZANDO LAS DIFERENCIAS DE LAS FAMILIAS

¿CREE QUE PODEMOS SEGUIR PROFUNDIZANDO HOY EN LAS DIFERENCIAS, POR EJEMPLO, ENTRE EL DERECHO CONTINENTAL (CIVIL LAW) Y EL COMMON LAW?

Claro que sí.  Podemos y debemos.  Los derechos continental y angloamericano mantienen importantes rasgos definitorios; cargan consigo significativas actitudes y tradiciones que los distinguen y enriquecen la cultura jurídica universal. 

Lo que no debemos dejar de hacer por otro lado es profundizar en los muchos acercamientos valiosos y encuentros significativos que se producen cada vez más entre las grandes culturas jurídicas del mundo. Son confluencias que suavizan o hasta borran diferencias que antes resaltaban.  

Doctor, los países de common law y sus contrapartes de derecho civil comparten esenciales aspiraciones sociopolíticas y económicas. No es de extrañar que en muchos sentidos sus sistemas jurídicos, a través de fórmulas divergentes, conduzcan a soluciones iguales. En consecuencia, así como miramos las diferencias históricas entre los sistemas jurídicos, lo que nos ayuda a comprenderlos mejor, es preciso estar bien atentos a las aproximaciones contemporáneas que los hacen cada día más similares.   

EN ESTE SENTIDO, ¿CÓMO CREE QUE SE ABORDA

EL PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL COMO FUENTE DEL DERECHO EN PAÍSES COMO PUERTO RICO Y LA REPÚBLICA DOMINICANA?

De formas distintas, doctor Suárez, en función de que el derecho de la República Dominicana ha estado identificado plenamente con el derecho continental, como era el caso de Puerto Rico hasta 1898. A partir de la Guerra Hispanoamericana de ese año y el cambio político que generó en Puerto Rico, el sistema jurídico puertorriqueño comenzó a recibir influencias fuertes del derecho angloamericano. Hoy día Puerto Rico es una de las jurisdicciones que René David, el gran jurista francés, consideraría “de derecho mixto”. Esa realidad tiene consecuencias en el tratamiento que recibe la jurisprudencia en cada lugar.

El derecho continental se resistió mucho a reconocer a los jueces discreción y arbitrio para crear derecho. Esta actitud se nutrió mucho de la ideología de la Ilustración que consideraba insuficiente el control democrático de las leyes si su aplicación se dejara al arbitrio de jueces potencialmente desafectos a ellas. De ahí la prudencia de aspirar a la supresión de todo arbitrio o discreción de los jueces. Esa actitud de la Ilustración, más que las observaciones sobre la realidad jurídica que discurre, ha sido lo que sostiene la propuesta de que la jurisprudencia no debe ser fuente del derecho. 

Abonó también a ese decantamiento en cuanto a la tarea judicial, la fascinación que produjeron los códigos decimonónicos La impresionante calidad del esfuerzo codificador generó el convencimiento de que la sola exégesis de sus preceptos era capaz de producir la solución de cualquier controversia no contemplada específicamente en la letra de sus disposiciones. Bastaba analizar los entrejuegos de los textos para encontrar el resultado preciso de cualquier controversia. Nada más correspondía realizar al juez.  El juez debía ser un mero portavoz de la legislación que no produce derecho creativamente, sino que “encuentra” un derecho ya creado; que no decide él mismo, sino que informa en sus fallos de la decisión ya tomada previamente por la ley.  Es el ideal de juez “autómata”, como Hans Kelsen le llamaría ya en el siglo XX con algún retintín de burla.

En el derecho angloamericano, como usted sabe doctor Suárez, la actitud hacia la jurisprudencia fue distinta.  Puerto Rico se abrió desde temprano en el siglo XX al pleno reconocimiento de la jurisprudencia como fuente del derecho en virtud de su relación constitucional con Estados Unidos y el pensamiento jurídico prevaleciente en ese país.

RECIENTEMENTE LA ESCUELA NACIONAL DE LA

JUDICATURA LE HA DESIGNADO COMO DIRECTOR INTERNACIONAL DE LA CÁTEDRA DE JURISPRUDENCIA

DEDICADA AL DR. ALMANZOR GONZÁLEZ CANAHUATE. ¿CÓMO CREE QUE ESTA CÁTEDRA PUEDE APORTAR A LA COMUNIDAD JURÍDICA?

Antes que nada, doctor Suárez, debo dejarle saber lo honrado que me siento de codirigir una cátedra inspirada en las aportaciones del Dr. Almanzor González Canahuate al derecho dominicano. Una figura impresionante.  Abogado, líder obrero, autor, promotor del estudio de la jurisprudencia y, de otra parte, músico, violinista, estudioso de la música dominicana y maestro de la Orquesta Sinfónica Nacional.

Usted sabe, doctor Suárez, que yo soy un poco melómano.  Siendo presidente de la Universidad de Puerto Rico, en ocasión del Centenario de la Universidad promoví la primera visita del Coro de la Universidad de Puerto Rico al Teatro Nacional junto con la Orquesta Sinfónica Dominicana. ¡Quién sabe si el doctor González Canahuate estaba sentado esa noche en la sección de cuerdas!

La Cátedra puede aportar mucho, creo yo, a la comunidad jurídica de la República Dominicana.  Debe ser un instrumento que ayude a crear una cultura fuerte de observación crítica a las decisiones de las cortes. El debate acucioso, la discusión sobre la rectitud de las resoluciones judiciales, es lo que ha de asegurar la calidad de la jurisprudencia nacional. Las revistas jurídicas, académicas y profesionales no pueden eludir su responsabilidad de comentar y hacer los señalamientos que correspondan sobre las decisiones de las cortes. El escrutinio de los fallos judiciales tiene que ser parte de la responsabilidad esencial de la profesión, sobre todo de las academias y los claustros de catedráticos de derecho.

Es un reclamo que el doctor González Canahuate ha hecho a lo largo de su vida.  La Cátedra debe ayudar en la realización de esa propuesta.

LA ESCUELA NACIONAL DE LA JUDICATURA LANZÓ SU BIBLIOTECA VIRTUAL EN ABRIL DE 2021, EN LA QUE SE ENCUENTRA DISPONIBLE UNA CANTIDAD IMPORTANTE DE JURISPRUDENCIA, DOCTRINA Y LEGISLACIÓN, COMO APORTE A LA COMUNIDAD JURÍDICA. ¿QUÉ PIENSA DE ESTA BIBLIOTECA Y CÓMO CREE QUE PUEDE APORTAR AL FORTALECIMIENTO DEL ESTUDIO DEL DERECHO EN NUESTRO PAÍS?


Mire, doctor Suárez, creo que es un gran proyecto que puede apoyar mucho el estudio del derecho en la República Dominicana. 

Sobre todo, en cuanto al estudio de la jurisprudencia, que es el tema de la Cátedra González Canahuate, la aportación de la Biblioteca virtual es medular.  El estudio continuo y sostenido de la jurisprudencia requiere un sistema eficiente de publicación y acceso a las sentencias que permita su manejo fácil por juristas, abogados y jueces. Sin contar con el soporte de los law reports, hubiese sido muy difícil para el common law proponer el carácter vinculante de los fallos, independientemente de la actitud filosófica en torno al sistema de fuentes. Fallos desconocidos, difíciles de obtener, de publicación y divulgación errática, mal pueden reclamar su condición de fuentes vinculantes de derecho.

¿QUÉ PAPEL CREE USTED QUE DESEMPEÑAN LAS REVISTAS JURÍDICAS EN LA INVESTIGACIÓN?

Un papel muy importante, doctor Suárez. Muy importante tanto para la investigación en el derecho con base estatutaria, como para la investigación en derecho administrativo y ciertamente para la investigación en la jurisprudencia, que es el foco de la Cátedra González Canahuate de la que hemos hablado. El interés por los desarrollos jurisprudenciales está muy presente en el quehacer contemporáneo de las revistas jurídicas prestigiosas.

En Estados Unidos un nutrido grupo de revistas auspicia simposios anuales sobre la producción periódica de las cortes de última instancia tanto federal como estatales.  El foco de análisis varía en función de la forma en que las diferentes revistas se ubican a sí mismas dentro del quehacer jurídico de ese país. Las que se perciben vinculadas al derecho de los Estados Unidos como federación, independientemente del estado en el cual tienen su sede, dirigen su análisis a la producción del Tribunal Supremo de Estados Unidos. Aquellas cuya misión está más cercana al derecho del estado en el que se encuentran, se dirigen más al análisis de la producción de los tribunales supremos estatales.

Estos dos grupos se complementan por un tercero: las revistas especializadas. Son revistas que, por dedicarse al cultivo de un tema jurídico particular, examinan la producción periódica de importancia para el tema que cultivan, independientemente de la corte de donde provenga esa producción.

La Cátedra González Canahuate tiene ante sí la ocasión de explorar las posibilidades de un proyecto similar en la República Dominicana.

Creo que hay un campo interesante que puede ser abordado.  

EN SU ÚLTIMO LIBRO, ABOGACÍA, DERECHO Y PAÍS: PERSPECTIVAS DE UN TIEMPO DE TRANSFORMACIONES ACADÉMICAS Y PROFESIONALES EN PUERTO RICO USTED REFLEXIONA SOBRE SU GESTIÓN COMO DECANO DE LA ESCUELA DE DERECHO. ¿QUÉ RETOS TUVO QUE ENFRENTAR?


Le cuento, doctor Suárez:  

Me correspondió la dirección de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico a través de los últimos tres lustros del siglo XX. De modo que me tocó estimular el pensamiento y articular las acciones que debían colocar a la Escuela en posición de enfrentar los retos que se anticipaban de cara al siglo que ya avanza.  La tarea requirió atender cada uno de los componentes del quehacer institucional: profesores, administración, alumnado, plan de estudios, biblioteca y sistemas de información, edificio, entre otros. 

Una de las líneas de desarrollo a la que le presté entusiasmo se orientó a expandir la presencia internacional de la Escuela.  Un programa de profesores visitantes, cursos en Europa para nuestros alumnos, programas de entrenamiento para jueces latinoamericanos, un programa de maestría para abogados de la región, un programa de titulación doble Europa/América con la Universidad de Barcelona, entre muchos otros.


En esas iniciativas la República Dominicana fue un aliado importante. Con Santo Domingo construíamos sobre las bases que proveía un pasado de estrechas relaciones.  Guaroa Velázquez, por ejemplo, dominicano exiliado en Puerto Rico durante la dictadura del general Rafael L. Trujillo, ocupó por décadas la cátedra de Derecho Civil en la Escuela de Derecho y se convirtió en una de las figuras de mayor influencia en ese campo del derecho. Formó a generaciones. En tiempos más recientes, a través de toda mi gestión como decano, la catedrática a cargo de cursos de Derecho Penal y Criminología, Olga Elena Resumil, era en parte dominicana y mantenía interacciones productivas con la comunidad jurídica quisqueyana. 

Esos antecedentes posibilitaron el fácil fluir de muchos proyectos buenos.  La entonces joven Escuela Nacional de la Judicatura, dirigida en esos años por el hoy magistrado Luis Henry Molina Peña, presidente de la Suprema Corte de Justicia, participó en muchos. A modo de ejemplo, permítame mencionar solo uno de ellos, un programa de becas financiado por los Gobiernos dominicano y puertorriqueño, que permitió que jueces dominicanos cursaran en Puerto Rico un grado de maestría y produjo egresados de primer orden que enriquecieron significativamente el clima de la Escuela de Derecho mientras estudiaron allí y luego sirven con distinción al derecho dominicano. Baste nombrar dos: los magistrados Esther Elisa Agelán Casasnovas y Juan Hiroito Reyes.

De modo, doctor Suárez, que aquellos retos de expansión regional e internacional que enfrentaba la Escuela de Derecho en el ocaso del siglo XX, los cuales se tradujeron en relaciones con la comunidad jurídica dominicana, son tal vez parte del trasfondo que hoy convoca mi participación en la Cátedra González Canahuate.        

DESDE SU PUNTO DE VISTA, ¿CUÁL ES EL ROL QUE DEBEN ADOPTAR LAS UNIVERSIDADES EN LA FORMACIÓN DE LOS ABOGADOS PARA INCENTIVAR LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA CON MIRAS A LA INNOVACIÓN Y EL USO DE LA TECNOLOGÍA EN EL DERECHO?


El más entusiasta, doctor Suárez. El tema es de cortante actualidad. La tecnología incide en los sistemas judiciales al menos de tres maneras: tecnología que apoya a los actores que participan en el sistema (tecnología de apoyo), tecnología que reemplaza actividades y funciones que en el pasado estarían encargadas a seres humanos (tecnología de reemplazo) y tecnología capaz de cambiar la manera en que los jueces trabajan y hacen justicia, que podríamos llamarle “tecnología disruptiva”.

Al momento la mayoría de las reformas tecnológicas en los sistemas judiciales han sido de apoyo y de remplazo. Servicios en línea, información digital, respaldo a los procesos, aparecen en muchos sistemas. Videoconferencias y encuentros digitales remplazan interacciones que antes debían ocurrir solo en corte. En el umbral aguardan, sin embargo, posibilidades de calado aun mayor, entre ellas, la utilización de inteligencia artificial en el asesoramiento y toma de decisiones. Ese es el explosivo mundo de las tecnologías a las que se enfrenta la gestión judicial. No se trata solo de observar la relación de la computadora con los seres humanos, sino de mirar al espacio mayor en el que la inteligencia artificial propone la reconfiguración del orden social, del cual la administración de la justicia es parte.

Las facultades y escuelas de Derecho, doctor Suárez, tienen la responsabilidad de formar abogados en las exigencias que la profesión les impondrá justo luego de graduarse.  Mas ello no basta. Los futuros abogados han de ser conscientes de los desarrollos a los que habrá necesariamente que exponerse en el futuro profesional que ya es anticipable. Ciertamente en cuanto a tecnologías de apoyo y de reemplazo, pero sin dejar de lado las tecnologías disruptivas a las que la abogacía, en todas sus funciones, deberá enfrentarse con entusiasmo en un futuro que cada día está más presente.  Las escuelas y facultades de Derecho no pueden mantenerlos en una Babia con respecto a estos temas.    

 

¿CÓMO CREE QUE SE PUEDE LOGRAR FOMENTAR UNA CULTURA DE INNOVACIÓN EN LOS ADMINISTRADORES Y USUARIOS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA?

La base está, doctor Suárez, en la comunicación continua entre los miembros del sistema (abogados, jueces y administradores).

El mensaje reiterado debe dirigirse a educar sobre el cambio y los frutos, beneficios y mejoras que de ese cambio derivará la sociedad. No somos temerosos del cambio, sino de los riesgos que este precipita. He ahí el reto.

En pos de una sana cultura de cambio, la sintonía con el mundo ayuda mucho.  El insularismo es un adversario poderoso.  Los sistemas de justicia deben estar al tanto de los desarrollos que tienen lugar en otras latitudes, de las formas en que sistemas homólogos exploran nuevos caminos para alcanzar más eficientemente viejos objetivos.  Una cultura de innovación es una cultura de información y de apertura.

POR ÚLTIMO, ¿QUÉ RECOMENDACIONES DARÍA USTED TANTO A LOS JUECES COMO A LOS ABOGADOS QUE DESEAN INICIARSE EN LA INVESTIGACIÓN, ESPECÍFICAMENTE DE LA JURISPRUDENCIA?


Mire, doctor Suárez, mi recomendación es sencilla: asumir la tarea con el mayor entusiasmo y optimismo, seguros de que han de contribuir mucho al derecho dominicano. Es un espacio en el que queda mucho por construirse. Llenarlo va a generar grandes satisfacciones.

Ojalá y la Cátedra González Canahuate impulse esos entusiasmos.   

Muchas gracias, doctor.






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