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Breve análisis comparado de la adopción homoparental entre Argentina y Colombia

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Autor

Luis Hernando Castillo Restrepo
Universidad Libre. Facultad de Derecho Santiago de Cali. Colombia
luisherca@yahoo.es


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Resumen

Generalmente se define el matrimonio igualitario como una institución que reconoce legalmente la unión civil entre dos hombres o dos mujeres, o parejas del mismo sexo. El término homoparentalidad establece la unión de hecho o de derecho en que se vincula a un menor de edad con una pareja LGBTI, pareja que ha logrado formalizar su unión civil de acuerdo a la legislación argentina para conformar, inmediatamente, una familia y, a futuro, la posibilidad de acrecentar el número de integrantes del núcleo familiar, avance significativo que trajo consigo la Ley 26.618, regulación recopilada en la nueva expedición del Código Civil Argentino. Sin embargo, y a pesar de tener como ejemplo a Argentina, con grandes avances normativos en materia de regulación de los derechos de las parejas del mismo sexo y la posibilidad de adoptar, en Colombia, a través de los años y en especial en las últimas tres décadas, ha sido interesante el debate que gira en torno a la adopción homoparental. Como es visible, la mayoría de los derechos reconocidos a las parejas del mismo sexo se han logrado por vía judicial. No obstante, el legislador no se ha tomado la tarea de garantizar por medio de una normatividad clara los derechos de estos individuos.

Palabras clave

Adopción homoparental Derecho comparado Interés superior del niño Matrimonio igualitario

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