Sección

Inconstitucionalidad del artículo 1ro. de la Ley 2094/21, que modifica el artículo 2do. del Código General Disciplinario de Colombia

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Autor

Luis Hernando Castillo Restrepo
Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca
luisherca@yahoo.es

Alejandra Velez Naranjo
Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca
alejandra.velez.naranjo@gmail.com


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Resumen

La Ley 2094 de 2021 consagra la titularidad de la potestad disciplinaria para otorgar funciones jurisdiccionales a la Procuraduría General de la Nación (PGN) en el ejercicio de la vigilancia superior de la conducta oficial de quienes son elegidos popularmente y para sancionar a dichos funcionarios con destitución e inhabilidad para el ejercicio de las funciones públicas (Congreso de la República, 2021). Pese a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en un análisis convencional del artículo 23 del Pacto de San José, determinó que esta función les compete a los jueces mediante una sentencia  no a una autoridad administrativa, el legislativo en Colombia le otorgó esta atribución a la PGN, que es un órgano administrativo. En este estudio se analizará la constitucionalidad de los efectos jurídicos de la Ley 2094 de 2021, en ocasión del ejercicio y goce de los derechos políticos y democráticos, cuando se permite por vía de ley sancionar por un órgano administrativo a un servidor público elegido popularmente. En consecuencia, este estudio pretende verificar los límites que imponen las funciones otorgadas por la Ley 2094 de 2021 a la PGN para el goce efectivo de los derechos a la participación democrática y política de los ciudadanos, pero, a la postre, quebranta el principio de separación de poderes.

Palabras clave

Derechos políticos; participación democrática; principio de separación de poderes; servidor público elegido popularmente.

Citas

Citas

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